Navegación de entradas ART.15 – 21. La integración, las actas de las reuniones y los acuerdos del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano; ART.15 – 19. La relación del personal y los inventarios de bienes afectos a cada uno de los servicios públicos municipales, con excepción del servicio de seguridad pública y policía preventiva;